miércoles, 23 de noviembre de 2011

La muerte de la Ley de la Oferta y la Demanda

VenePirámides
El reglamento parcial referido a la Superintendencia Nacional de Costos y Precios y al Sistema Nacional Integrado de Administración, publicado en Gaceta Oficial, no define los sectores, áreas, ni servicios que se regularán. Pero indica que será obligatorio que las empresas y sectores afectados por la medida notifiquen a la Superintendencia los costos de producción y los precios de los bienes y servicios que producen, distribuyen o comercializan según sea el caso, cuando este organismo se los solicite.

Hasta ahora voceros del Gobierno, como el vicepresidente ejecutivo, Elías Jaua, han indicado que comenzará por alimentos, productos de limpieza del hogar y cuidado personal.

En 2012 serán las medicinas y otros bienes estratégicos.

"La Superintendencia establecerá los sectores, etapas, procedimientos, recaudos y las condiciones que deberán cumplir los sujetos de la aplicación", dice el artículo 42.

Mediante una providencia administrativa el organismo señalará el momento en que los sujetos deberán notificar los precios que hayan determinado antes de la entrada en vigencia de la Ley de Costos y Precios. Luego de esa notificación es potestad de la institución modificarlos y cambiarlos de acuerdo con los lineamientos socialistas del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, según el artículo 25 del reglamento. También se revisarán y modificarán de oficio y se le da la potestad a terceros de intervenir en la modificación.

El artículo 41 especifica que los consejos comunales y cualquier forma de organización social podrán, previa autorización de la Superintendencia, participar.

Se aclara que en el artículo 24 no reconocerán los costos cuando "se determine que se incurrió en prácticas o artificios que impliquen la manipulación de los precios entre empresas, la simulación de fragmentación de la propiedad, tercerización de las operaciones o cambios en el tipo de presentación de los bienes o servicios con el propósito de distribuir gastos o evadir la regulación y los controles".

Sólo reconocerán costos y gastos directos, y por providencia administrativa se establecerán los criterios para fijar márgenes de ganancias.

En vigencia desde el martes. En un lapso no mayor de 90 días, después de aprobada la ley, que se cumplen el martes 22, la Superintendencia asumirá gradualmente las competencias sobre la fijación de precios que tenían otros organismos.

La ley no sólo afectará los precios y costos que maneje el sector privado, también se indica que regularán los bienes y productos contratados por el sector público.

En el reglamento se define que la Superintendencia operará con tres intendencias: fiscalización, gestión integral y costos y precios. El sistema nacional integrado de costos y precios lo integrarán además de la Superintendencia, todos los ministerios, el Indepabis, Conatel, Cadivi, Seniat, BCV, SADA, y otros.

Las empresas tendrán que registrarse en el sistema nacional integrado y quedará a la potestad de la Superintendencia rechazar o aprobar el registro y emitir el certificado de constancia, según reportó el diario El Nacional.

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