sábado, 11 de diciembre de 2010

La Bolsa Pública manipulará los precios de cierre de los valores que en ella coticen

VenePirámides
La Bolsa Pública de Valores Bicentenaria está lista para operar. Recientemente fue publicado en la Gaceta Oficial número 39566 el reglamento para su funcionamiento.

Una de las novedades es que en el artículo 6 se indica que el criterio para determinar el precio oficial de cierre de los valores cotizados en el corro estatal será determinado por su directorio. Se agrega que el precio oficial será el que aparezca diariamente a través de los sistemas de información que se disponga. En otras palabras, el precio de cierre será fijado arbitrariamente, o más claramente, manipulado por la CNV y su Presidente, Tomás Sánchez. De esta manera, la nueva institución se reserva la potestad de imponer cotizaciones a los títulos, acciones y cualquier otro instrumento financiero que las empresas u organismos transen en el nuevo corro capitalino. Se rompe así con una de las reglas formales del mercado: la fijación de precios con base en la oferta y la demanda.

Este instrumento legal quiere darle celeridad a la puesta en funcionamiento de la nueva bolsa impulsada por el Ministerio de Planificación y Finanzas, y diseñada por la Superintendecia Nacional de Valores a cargo de Tomás Sánchez.

El artículo 1 del reglamento autoriza las operaciones con valores emitidos por los entes públicos, las empresas públicas, las del Estado, las de propiedad social o colectiva, las mixtas, las cajas de ahorro de los organismos públicos, las comunidades organizadas, institutos autónomos, las empresas privadas, las pequeñas y medianas empresas, y la República Bolivariana de Venezuela.

Si embargo, en el artículo 3 del reglamento se señala que la Superintendencia de Valores dictará las normas, las condiciones y los requisitos que deberán cumplir las instituciones que deseen participar, con la finalidad de autorizarlas; así como el mecanismos para el seguimiento y control de las operaciones que se hagan. De esta menara, decide quién puede transar.

El artículo 8 especifica que el directorio estará integrado por el presidente de la Bolsa Pública y dos directores con sus respectivos suplentes, y todas serán "de libre remoción por el ministro con competencia en la materia de Finanzas".

Este directorio establecerá, mediante las normas respectivas, el régimen de inscripción, depósito, negociación, custodia, transferencia, compensación y liquidación de los valores que se inscriban y negocien, según el artículo 11.

Los retrasos en la instalación de la Bolsa Pública no sólo se debieron a problemas burocráticos, sino a la cantidad de lagunas que la Ley del Mercado de Valores tiene y que necesitan ser reglamentados, así como la ineptitud de las autoridades financieras, según reportó el diario El Nacional.

La presión que había sobre la Superintendencia para que comenzara su funcionamiento venía directamente de la Presidencia de la República, una vez que no pudo ser cumplida la orden de lanzar la emisión del bono de Pdvsa 2017 a través de ese corro.

1 comentario:

  1. MADOFF SE ARCO TU HIJO.....ESPERO SEA EL PRIMER DE MUCHOS CASTIGOS PARA TI..AH Y MAS IMPORTANTE ESPERO QUE STANFORD HIJOS SIGAN ESTE DIGNO EJEMPLO....CHAO...FELIZ NOCHE...

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