lunes, 2 de abril de 2012

Para lo que le importa a Chávez, reforma de la Ley de Administración viola la Constitución

VenePirámides
La reforma de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público para permitir que el Ejecutivo emita deuda y apruebe créditos adicionales sin solicitar autorización de la Asamblea Nacional vulnera la Constitución.

El artículo 187 de la carta magna, que enumera las funciones del Parlamento, incluye entre ellas el control de la administración pública, la aprobación de todo proyecto de ley concerniente al endeudamiento y la autorización de los créditos adicionales.

El 311 establece que el Ejecutivo debe presentar ante la Asamblea Nacional, para su sanción legal, un marco plurianual para la formulación presupuestaria que fije los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de incluirse en los presupuestos nacionales.

El 312 agrega que las leyes deben imponer topes al endeudamiento gubernamental de acuerdo con criterios como "un nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión reproductiva y la capacidad de generar ingresos para cubrir el servicio de la deuda pública".

El 314 prohíbe cualquier erogación que no se incluya en la ley de presupuesto y señala que los créditos adicionales deben limitarse a "gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulten insuficientes" y contar con la autorización del Parlamento.

La modificación legal aprobada directamente por el presidente Hugo Chávez, gracias a la Ley Habilitante que le otorgaron en diciembre de 2010, vulnera todos los artículos citados, dice el abogado Luis Alfonso Herrera, investigador del Centro de Divulgación del Conocimiento Económico.

El abogado Leonardo Palacios añade que la reforma viola los principios básicos de la carta magna, la legalidad necesaria en un régimen democrático y la transparencia indispensable en el manejo de las finanzas públicas. "Es un desconocimiento de la institucionalidad".

Herrera y Palacios coinciden en que la discusión de las operaciones de endeudamiento en la Asamblea Nacional es un requisito muy importante, porque permite un debate democrático, plural y abierto al país que otorga legitimidad a las decisiones tomadas.

Más endeudados Más allá de las consideraciones jurídicas, la principal preocupación que genera la reforma de la ley es de carácter financiero. "La modificación permite al Gobierno obtener recursos para los fines que desee, en el marco de una campaña electoral, de forma ilimitada y sin controles", advierte Herrera.

Economistas han alertado sobre el incremento acelerado de los pasivos del país. Las cifras del Ministerio de Planificación y Finanzas muestran que la deuda pública ha aumentado 206% durante la presidencia de Chávez: de 24,4 millardos de dólares en 1998 a 74,6 millardos de dólares en 2011.

Los compromisos internos, que resultan baratos para el Gobierno porque se diluyen al devaluar la moneda, son los que más han crecido en los últimos 13 años. Se elevaron de 2,4 millardos de dólares a 34,7 millardos de dólares, un ascenso de 1.293%.

Los pasivos externos ­costosos porque el riesgo país obliga a pagar altas tasas de interés­ reflejan un alza más moderada. Se incrementaron de 21,9 millardos de dólares a 39,9 millardos de dólares, lo que representa un aumento de 82%.

Los economistas recuerdan que las estadísticas del Ministerio de Planificación y Finanzas excluyen la deuda de Petróleos de Venezuela y los créditos con China, que sumadas superan 60 millardos de dólares y abultan todavía más el peso de los compromisos del país.

Agregan que el endeudamiento público se ha acelerado desde 2009, cuando la crisis financiera mundial provocó una caída de los precios del petróleo que llevó a la economía venezolana a una recesión de dos años, según reportó el diario El Nacional.

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